Desde el 1 de octubre de 2023, se ha implementado una significativa modificación en la Ley de Seguridad Social. Esta reforma tiene un impacto directo en cómo se reconocen los periodos trabajados a tiempo parcial. Supone facilitar el acceso de las personas trabajadoras a tiempo parcial a determinadas prestaciones por:
*️⃣ Jubilación
*️⃣ Incapacidad permanente
*️⃣ Muerte y supervivencia
*️⃣ Incapacidad temporal
*️⃣ Nacimiento y cuidado de menor que serán los mismos que para un trabajador a tiempo completo que para otro a tiempo parcial.
Equiparación del Trabajo a Tiempo Parcial con el Completo
Con la reciente modificación del art. 247 de la LGSS, el trabajo a tiempo parcial se equipara al trabajo a tiempo completo en términos de cotización. Esto significa que los días trabajados a tiempo parcial se contarán como días completos de cotización, independientemente de la duración de la jornada.
Beneficios de la Nueva Modificación
Esta reforma facilita el acceso de los trabajadores a tiempo parcial a diversas prestaciones. Por ejemplo, para prestaciones como jubilación, incapacidad permanente y otras, los requisitos serán los mismos tanto para trabajadores a tiempo completo como parcial.
¿Quiénes se Benefician de esta Modificación?
Todos los trabajadores con contratos a tiempo parcial se verán beneficiados. Anteriormente, existían coeficientes reductores que penalizaban las prestaciones generadas desde la situación de trabajo parcial. Con la nueva reforma, todos los días trabajados se contabilizarán como días completos, sin importar el porcentaje de jornada en el contrato.
Implicaciones para las Empresas
Es esencial destacar que, por el momento, esta modificación no implica costos adicionales para las empresas en términos de cotización