En estos días hemos recibido con enorme satisfacción en José Martín Pérez & Asociados, la resolución estimatoria del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía por la que se anula una sanción impuesta por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) a un cliente de nuestro despacho.
En su dictamen del Tribunal, a través de su órgano en Sala de Sevilla, considera que no están motivadas las causas esgrimidas por Hacienda para determinar la acción del contribuyente como merecedora de una sanción. En base a las alegaciones presentadas por nuestro equipo de profesionales, en defensa de los intereses de nuestro cliente, el TEARA admite que “el rendimiento declarado se podría calificar de incorrecto, pero no falso, pues gastos justificó, cuestión distinta es que los mismos se puedan considerar o no necesarios para la obtención de los rendimientos, que no se haya justificado debidamente la correlación o que la Oficina Gestora (AEAT) entienda que no ha sido justificada…” Lo que es cierto es que el TEAR concluye que queda acreditado que no se ha cometido una infracción de manera dolosa o culposa por lo que se estima la reclamación interpuesta por José Martín Pérez & Asociados y anula la sanción impuesta por Hacienda.